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Ahorros en los impuestos de su hogar

Una exención remueve parte del valor de su propiedad del pago de impuestos y reduce sus impuestos. Por ejemplo, si su hogar esta valorado en $50,000 y usted califica para una excención de $15,000, usted paga los impuestos sobre su hogar como si valiera $35,000. Fuera de las exenciones para los veteranos incapacitados/deshabilitados o sus sobrevivientes, estas exenciones solamente aplican para su hogar. No son aplicables a otra propiedad de la cual usted sea dueño.

¿Su hogar califica para exenciones?

  • Usted tiene que ser el dueño de su hogar.
    Para calificar para una excención general, usted tiene que ser dueño de su hogar el 1ero de enero. Usted puede calificar para la exención para personas mayores de 65 años tan pronto cuando cumpla los 65 años o este dishabilitado, mientras usted sea dueño de su hogar y sea su residencia principal. Usted recibirá la exención desde el 1 ero de enero de ese año fiscal.

    Su hogar puede ser una estructura separada, un condominio o un remolque localizado en un terreno de renta, mientras usted sea el dueño de la estructura. Su hogar puede incluir hasta 20 hectáreas de terreno si el terreno se utiliza como patio.

    Una residencia puede pertenecerle a un individuo por medio de un interés en un fideicomiso en un fideicomiso beneficioso que califica y puede ser ocupado por un fideicomisario de un fideicomiso beneficioso. Si usted no es el único dueño de su hogar, usted recibirá solamente una porción de la exención calificada, basado en el porcentaje del cual usted es dueño. Por ejemplo, si usted es dueño del 25 por ciento de un hogar valorado en $100,000, por un valor total de $25,000, usted recibirá 25 por ciento de una exención por impuestos de escuela de $15,000, o $3,750.

  • Usted tiene que usar su hogar como su residencia principal a partir del 1 ero de enero.
    Si usted tiene más de una casa, usted puede recibir exenciones únicamente por su residencia principal. Usted tiene que vivir en esta casa el 1 ero de enero. Una persona no debe de recibir exenciones para el hogar para más de una residencia principal en el mismo año.

    Si usted se muda temporalmente de su hogar, todavía puede recibir una exención si no establece otra residencia principal y si usted tiene la intención de regresar. “Temporalmente” significa una ausencia menor de dos años. Una ausencia para participar en el servicio militar o para quedarse en una facilidad que proporciona servicios de salud, sin embargo, puede durar más. Por ejemplo, si usted entra a un asilo de ancianos, su hogar todavía califica como su residencia principal si usted tiene la intención de regresar, aún si usted no vive en ella por más de dos años.

    Rentar parte de su casa o utilizar parte de ella como lugar de negocios no descalifica al resto de su hogar para la exención.

    Nota: Texas tiene dos leyes distintas para designar un hogar. El Texas Tax Code ofrece una manera en que el dueño de la casa puede solicitar una reducción de sus impuestos de propiedad local. El Texas Property Code le permite a los dueños de hogar designar sus hogares para protegerlos contra la venta forzosa para satisfacer a sus acreedores. Esta ley no protege a los dueños de hogar de una venta judicial de su hogar por impuestos morosos.

Tipos de Exenciones para el Hogar

  • Impuestos Escolares – todo dueño de hogar
    Usted calificará para una exención de hogar de $15,000 sobre el valor de su hogar para impuestos escolares.

  • Impuestos del Condado – todo dueño de hogar
    Si su condado recauda un impuesto especial sobre carreteras rurales (farm-to-market roads) y para control de inundaciones, usted recibirá una exención de $3,000 por estos impuestos. Si usted califica para las exenciones de opción local para dueños de hogar de 65 años o más, o si usted es un dueño de hogar incapacitado (próxima sección), usted recibirá solamente las exenciones de opción local y no la exención de $3,000.

  • Exenciones Opcionales – todo dueño de hogar
    Cualquier unidad impositiva, incluyendo un distrito escolar, ciudad, condado o distrito especial, puede ofrecer una exención por una cantidad de hasta el 20 por ciento del valor de su hogar, con un mínimo de $5,000. Por ejemplo, si su casa está valorada en $20,000 y su ciudad ofrece una exención de un 20 por ciento, su exención es de $5,000 aunque el 20 por ciento de $20,000 es solamente $4,000.

    Cada unidad de tasación decide si ofrecerá la exención y a qué porcentaje. Esta exención de porcentaje se le añade a cualquier otra exención del hogar por la cual usted califique. La unidad de impuestos debe decidir antes del 1 ero de julio del año de impuestos para ofrecer esta exención.

  • Dueños de Hogar de 65 años o más
    Si usted tiene 65 años o más, su hogar calificará para más exenciones.

    Usted calificará para una exención de $10,000 sobre el valor de su hogar para los impuestos escolares en adición a la exención de $15,000 para todo dueño de hogar.
    Si usted califica para ambas excenciones – la de $10,000 que se le da a los mayores de 65 años y la que se le da a los dueños de hogar incapacitados (veáse la próxima sección) – usted tiene que escoger una o la otra para los impuestos escolares. No puede recibir ambas.

    En adición a la exención de $10,000 para los impuestos escolares, cualquier unidad impositiva – incluyendo un distrito escolar – puede ofrecer una exención adicional de por lo menos $3,000 para los contribuyentes de impuestos de 65 años de edad o más.

    Una vez que usted reciba una exención para mayores de 65 años, usted obtiene un tope de impuestos para el total de sus impuestos escolares; esto es, los impuestos escolares sobre su casa no pueden aumentar mientras usted sea dueño o viva en esa casa. El tope de impuestos es la cantidad que usted paga en el año que califica para la exención para mayores de 65 años. Los impuestos escolares pueden bajar y ser más bajos que el tope pero no seran más que la cantidad de su tope.

    El condado, ciudad o distrito escolar puede congelar o limitar sus impuestos adoptando un tope de impuestos basándose en una nueva ley para el año fiscal 2004. El tope entra en vigor después de que la unidad impositiva adopta la limitación y usted califica su hogar para la exención de 65 años de edad o más.

    Los topes de impuestos pueden aumentar si usted le hace mejoras a su hogar (aparte de las reparaciones normales o mantenimiento). Por ejemplo, si usted añade un garaje u otro cuarto a su casa, su tope de impuestos puede aumentar. También cambiará si usted se muda a una casa nueva.

    Un tope de impuestos no expira cuando el dueño traspasa su interés en la casa a un fideicomiso, si el dueño-fideicomisario ocupa el hogar.

    Si usted no reclama otra exención de impuestos en el mismo año, recibirá la exención de persona mayor de 65 años por todo el año. Si reclama otra exención de hogar durante el mismo año, no calificará para la exención de más de 65 años en la casa anterior por la porción restante de ese año. Las unidades impositivas prorratearan los impuestos basándose en el número de días transcurridos después de que usted ya no califique para la exención, a finales de año.

    Si usted compra otra casa en cualquier lugar de Texas, usted puede transferir el porcentaje de impuestos escolares que ha pagado basándose sobre el tope de impuestos para mayores de 65 años de su casa anterior a su casa nueva. Por ejemplo, si actualmente tiene un tope de impuestos de $100, pero pagaría $400 sin el tope de impuestos, el porcentaje de impuestos pagados es de 25 por ciento. Si los impuestos en su casa nueva son $1,000, el nuevo tope de impuestos escolares sería $250, ó 25 por ciento de $1,000. Usted puede solicitar un certificado de la oficina de distrito de valoración/tasación de su casa anterior para llevar al distrito de valoración/tasación de su casa nueva, si está en un distrito diferente.

    Para transferir su tope de impuestos por propósitos de condado, ciudad o distrito escolar, sin embargo, debe de mudarse a otra casa en la misma unidad impositiva.

    Cuando los dueños de hogar - que han estado recibiendo la exención de 65 años o más y el tope de impuestos - mueren, estos se transfieren al esposo(a) sobreviviente, mientras tengan 55 años de edad o más cuando muera su pareja y mientras vivan en la misma casa. Los sobrevivientes deben aplicar en su distrito de valoración/tasación para transferir la exención. Si su esposo(a) muere en el año de su cumpleaños 65, pero no ha aplicado por su exención de 65 años o más, usted puede aplicar por el/ella como el esposo(a) sobreviviente. La exención se mantiene en efecto mientras que el sobreviviente sea dueño y viva en su casa. Si un esposo(a) sobreviviente, de 55 años o más, compra otra casa, el o ella puede transferir a la nueva casa el porcentaje de los impuestos pagados en base al tope de impuestos de la casa anterior. (Vea el ejemplo anterior sobre el porcentaje de impuestos a pagar.) Una vez más, para retener el tope de impuestos del condado, ciudad o distrito escolar, la nueva casa debe encontrarse en la misma unidad impositiva.

    Los dueños de hogar de 65 años o más que aplican por las exenciones también pueden pagar por los impuestos de su hogar en pagos a plazos; vea la página XX para los detalles.

    Si usted es un dueño de hogar de 65 años de edad o más, usted puede aplazar o posponer el pago de los impuestos de propiedad de su hogar mientras que usted sea dueño y viva en la casa. Para posponer sus pagos de impuestos, presente un “tax deferral affidavit” con su distrito de valoración/tasación. Usted puede suspender cualquier procedimiento legal en su contra registrando una declaración jurada en la corte o detener un impuesto sobre la venta pendiente presentando la declaración jurada con el funcionario conduciendo la venta y el distrito de valoración/tasación, unidad impositiva o abogado de impuestos morosos de la unidad impositiva. El aplazamiento aplica a todos los impuestos de propiedad recaudados por las unidades impositivas que cobran impuestos a su hogar.

    Un aplazamiento de impuestos, sin embargo, solo pospone su deuda impositiva. No la cancela. Se aplica un interés del 8 por ciento al año. Una vez que usted o su esposo(a) ya no sean dueños de su casa o no vivan en ella, se deben los impuestos anteriores y los intereses 181 días después. Cualquier penalidad e interés que se debía en la cuenta de impuestos para la casa, antes del aplazamiento de impuestos, permanecerá en la propiedad y sera cobrable cuando termine.

  • Dueños de Hogar Incapacitados
    Personas incapacitadas califican para ciertas exenciones de impuestos. “Incapacitado” significa:

    1. una imposibilidad para ocuparse en cualquier actividad remunerada por razon de un impedimento médico físico o mental que puede resultar en la muerte o ha durado o se espera que dure por un período continuo no menor de 12 meses; o
    2. ceguera, lo que quiere decir una visión de 20/200 o menos en el mejor ojo con el uso de lentes, en personas de 55 años de edad o más.


    Si usted califica para beneficios por incapacidad bajo el programa federal Old Age, Survivors, and Disability Insurance Program a través de la Administración del Seguro Social, usted calificará para las exenciones de dueño de hogar.

    Los beneficios por incapacidad de otros programas no lo califican automáticamente para esta exención. Contacte a su distrito de valoración/tasación para que lo asistan con la información necesaria.

    Si está incapacitado, usted calificará para una exención de $10,000 para los impuestos escolares, además de la exención de $15,000 para todos los dueños de hogar. Además, cualquier unidad impositiva puede ofrecer una exención de por lo menos $3,000 menos del valor de la casa para los dueños de hogar con incapacidades.

    Al comienzo del año fiscal 2004, los dueños de hogar incapacitados tendrán un tope impuesto en sus impuestos escolares similares a aquellos proporcionados a los dueños de hogar mayores de 65 años, con el tope impuesto por su cuenta de impuestos escolares del 2003 en sus hogares, si calificaron en o antes del 1 ero de enero del 2003. Dueños de hogar incapacitados que califican sus casas en el 2004 o de allí en adelante imponen su tope de impuestos basándose en la cantidad que pagaron en el año en el cual calificaron por primera vez. Los impuestos escolares en su hogar no deben incrementar mientras usted sea dueño de su casa y viva en ella. Los impuestos escolares pueden bajar y ser más bajos que el tope pero no seran más que la cantidad de su tope.

    El condado, ciudad o distrito escolar puede congelar o limitar sus impuestos adoptando un tope de impuestos basándose en una nueva ley para el año fiscal 2004. El tope entra en vigor después de que la unidad impositiva adopta la limitación y usted califica su hogar.

    Los topes de impuestos pueden aumentar si usted le hace mejoras a su hogar (más que las reparaciones normales o mantenimiento). Por ejemplo, si usted añade un garaje u otro cuarto a su casa, su tope de impuestos puede aumentar. También cambiará si usted se muda a una casa nueva. Un tope de impuestos no expira cuando el dueño traspasa su interés en la casa a un fideicomiso, si el dueño-fideicomisario ocupa el hogar.

    Si usted no reclama otra exención de impuestos en el mismo año, recibirá la exención de persona incapacitada por todo el año. Si reclama otra exención de hogar durante el mismo año, no calificará para la exención en la casa anterior por la porción restante de ese año. Sus impuestos serán prorrateados basándose en el número de días transcurridos después de que usted ya no califique para la exención.

    Así como con la exención de personas de 65 años o más, si usted compra otra casa en cualquier lugar de Texas, usted puede transferir el tope de impuestos escolares de la casa anterior a la nueva. Para hacerlo, usted debe calificar su casa para la exención en el 2003 y después. Usted puede solicitar un certificado en el distrito de valoración/tasación para su casa anterior para presentarlo al distrito por su casa nueva. Una vez más, para retener el tope de impuestos del condado, ciudad o distrito escolar, la casa nueva debe encontrarse en la misma unidad impositiva.

    Cuando los dueños de hogar que reciben la exención de dueños de hogar incapacitados mueren, las exenciones se transfieren a su esposo(a) sobreviviente, mientras tengan 55 años de edad o más cuando muera su pareja y mientras vivan en la misma casa. Los sobrevivientes deben aplicar en su distrito de valoración/tasación para transferir la exención. La exención se mantiene en efecto mientras que el sobreviviente sea dueño y viva en su casa. Si un esposo(a) sobreviviente, de 55 años o más, compra otra casa, el o ella puede transferir a la nueva casa el porcentaje de los impuestos pagados en base al tope de impuestos de la casa anterior; para que los impuestos sean recaudados por un condado, ciudad o distrito escolar, el tope de impuestos puede ser transferido solo a otra casa que se encuentra en la misma unidad impositiva.

    Los dueños de hogar incapacitados que aplican para dichas exenciones también puede pagar sus impuestos en pagos a plazos. Vea la página XX para los detalles.

    Si usted es un dueño de hogar incapacitado, usted puede aplazar o posponer el pago de los impuestos de propiedad de su hogar mientras que usted sea dueño y viva en la casa. Para posponer sus pagos de impuestos, presente un “tax deferral affidavit” con su distrito de valoración/tasación. Usted puede suspender cualquier procedimiento legal en su contra registrando una declaración jurada en la corte o detener un impuesto sobre la venta pendiente presentando la declaración jurada con el funcionario conduciendo la venta y el distrito de valoración/tasación, unidad impositiva o abogado de impuestos morosos de la unidad impositiva. El aplazamiento aplica a todos los impuestos de propiedad recaudados por las unidades impositivas que cobran impuestos a su hogar.

    Un aplazamiento de impuestos, sin embargo, solo pospone su deuda impositiva. No la cancela. Se aplica un interés del 8 por ciento al año. Una vez que usted o su esposo(a) ya no sean dueños de su casa o no vivan en ella, se deben los impuestos anteriores y los intereses 181 días después. Cualquier penalidad e interés que se debía en la cuenta de impuestos para la casa, antes del aplazamiento de impuestos, permanecerá en la propiedad y sera cobrable cuando termine.
¿Es usted un veterano incapacitado o sobreviviente?

Usted puede calificar para una exención de los impuestos sobre propiedad si usted es (1) un veterano que fue incapacitado mientras servía en las fuerzas armadas de los Estados Unidos, o (2) usted es el/la esposo(a) sobreviviente o hijo(a) (menor de 18 años y soltero) de un veterano incapacitado o un miembro de las fuerzas armadas quien murió mientras estaba en servicio activo.

Usted tiene que ser residente de Texas para recibir esta exención. Usted también debe tener documentos ya sea del Veteran’s Administration (Administración de Veteranos) o de una rama de las fuerzas armadas que muestran el porcentaje de su incapacidad relacionada a su servicio militar. Su tasa de incapacidad tiene que ser de al menos 10 por ciento.

Si usted es el/la esposo(a) sobreviviente o hijo, usted tiene que tener los registros de la incapacidad del veterano. También puede necesitar otros documentos, tales como la prueba de matrimonio o edad.

Esta exención se extiende de $5,000 a $12,000, dependiendo del grado de la incapacidad. Esta exención no es solamente para su casa – usted puede aplicarla a cualquier propiedad de la cual usted sea dueño el 1 ero de enero. Sin embargo, usted solamente puede escoger una sola propiedad para recibir dicha exención.

¿Qué debe hacer un nuevo dueño de hogar?

  • Antes de comprar una casa, usted o su compañía hipotecaria deben obtener un certificado de impuestos para la casa de parte de todas las jurisdicciones que le cobran impuestos a esta propiedad.

    El certificado de impuestos mostrará si se deben impuestos morosos. Usted no puede obtener un título de propiedad limpio hasta que haya pagado dichos impuestos.

  • Su compañía hipotecaria paga los impuestos de propiedad de su casa de una cuenta de depósito de garantía (escrow account), asegúrese de que las unidades impositivas envíen las cuentas originales de impuestos a la compañía.

    Usted puede solicitar un recibo para verificar que la compañía hipotecaria pague estos impuestos a tiempo, y para propósitos de los impuestos federales sobre ingresos.

  • Usted debe aplicar en su distrito de valoración/tasación por las exenciones para su hogar y cualquier otra exención.

    Usted debe aplicar en el distrito de valoración/tasación que valora/tasa su casa. Si su propiedad es valorada por más de un distrito de valoración/tasación, usted tiene que presentar su solicitud de exención en cada una de las oficinas de los diferentes distritos.

  • Si usted vendió su casa anterior en Texas, asegúrese que esté listada bajo el nombre y la dirección del nuevo dueño.

  • Si su casa es nueva, usted debe recibir una notificación de su valoración/tasación por parte de su distrito de valoración/tasación en abril o mayo; contacte a su distrito si no recibe dicha notificación; o si no enlista todas las unidades impositivas por las que usted deberá impuestos.

  • Si usted ya no califica para la exención general, para mayores de 65 años, o para incapacitados notifique al distrito de valoración/tasación por escrito.

    Si usted no notifica al distrito de valoración/tasación y no paga sus impuestos, tendrá una penalidad del 50 por ciento por impuestos morosos, más intereses.
Para aplicar por una exención en su casa
1. Obtenga un formulario de solicitud en la oficina local de su distrito de valoración/tasación. (Se necesita otra aplicación para la exención de veteranos incapacitados.)
2. Devuelva la solicitud a la oficina del distrito de valoración/tasación después del 1ero de enero y a no más tardar del 30 de abril.
3. Proporcione toda la información y documentación solicitada. Por ejemplo, si usted esta solicitando la exención de 65 años o más o de incapacidad, necesitará mostrar prueba de su edad o incapacidad. Recuerde que presentar información falsa en su solicitud de exención es una ofensa criminal.
4. Si su propiedad esta valorada por más de un distrito de valoración/tasación, usted debe presentar una solicitud de exención en cada oficina de distrito de valoración/tasación. Esto puede ocurrir cuando su propiedad esta ubicada en una unidad impositiva que cruza a otros condados. Contacte a su distrito de valoración/tasación si no esta seguro.
5. Usted debe aplicar para una exención del hogar y/o exención de veterano incapacitado hasta un año después de la fecha en que los impuestos se vuelven morosos. Usted recibirá una nueva cuenta de impuestos con una cantidad menor, o con un reembolso si ya ha pagado.
6. Si cumple 65 años este año, usted puede solicitar la exención de 65 años o más hasta un año después de la fecha en que usted cumpla los 65.
7. Si el tasador principal le pide más información por medio de una solicitud por escrito, usted tiene 30 días, después de la fecha del sello, para responder.
8. Si el tasador principal rechaza o modifica su exención, el o ella debe de notificarle a usted por escrito en un plazo de cinco días. Dicha notificación debe explicarle como puede protestar una decisión ante la junta de revisión de valoraciones/tasaciones.
9. Una vez que usted reciba la exención de hogar o incapacitado, no debe de aplicar por ella otra vez a menos que el tasador principal se lo pida o a menos que sus cualificaciones cambien. Si se muda a una casa nueva, debe llenar una nueva solicitud para recibir las exenciones en su nuevo hogar y transferir cualquier tope de impuestos. Si usted queda incapacitado o cumple 65 años, usted debe presentar una aplicación nueva ese año para recibir más exenciones.
10. El tasador principal puede requerir que usted someta una nueva aplicación enviándole una notificación por escrito y un formulario de solicitud. Si usted no lo devuelve, puede llegar a perder sus exenciones.